A- de 2025
Ponente Natalia Ángel Cabo
✓Demandante Antia Hernandez Mario Wilson·Demandado Municipio De Candelaria Valle
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Relaciones laborales encubiertas en contratos estatales de prestación de servicios
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto entre el Juzgado 008 Administrativo de Cali y el Juzgado 003 Laboral del Circuito de Palmira, causado por una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho presentada por una ciudadana, contra el municipio de Candelaria, Valle del Cauca, para solicitar que se declare la nulidad del acto administrativo proferido por el demandado, que niega el reconocimiento y pago de prestaciones sociales, que existió entre las partes un contrato laboral por sus funciones de apoyo, mantenimiento, jardinería y vigilancia y se le ordene cancelar las prestaciones sociales.
Cumplidos los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena encuentra que el objeto del proceso es establecer si entre las partes existió una relación laboral oculta tras la sucesiva suscripción de contratos de prestación de servicios.
Corresponde a la jurisdicción de lo contencioso administrativo conocer del asunto, en virtud de lo dispuesto en el artículo 104 del CPACA y el Auto 492/21, que fundamenta dicha decisión en que, primero los procesos que buscan determinar la legalidad de contratos de prestación de servicios celebrados por entidades estatales corresponden a la JCA según lo establecido en el artículo 32 de la Ley 80/93 y en el artículo 104.2 del CPACA.
Segundo, porque en estos casos también se impugna la validez de actos administrativos mediante los cuales la entidad rechaza la existencia de una relación laboral y niega el reconocimiento de derechos laborales y el pago de prestaciones.
Tercero, porque el objeto del proceso implica un juicio sobre la actuación de la entidad pública.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones presentado entre el Juzgado 008 Administrativo de Cali y el Juzgado 003 Laboral del Circuito de Palmira, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 008 Administrativo Oral de Cali es la autoridad competente para conocer la demanda presentada por el señor Mario Wilson Antía Hernández en contra del municipio de Candelaria, Valle del Cauca.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-7212 al Juzgado 008 Administrativo Oral de Cali para lo de su competencia y para que comunique la presente al Juzgado 003 Laboral del Circuito de Palmira y a los demás interesados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.